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  • Consulta : 158360
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 273014

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     leon_ardomontero10_NR

    No basta la sola designacion de Albacea en el testamento, para que tenga personalidad juridica el Albacea designado debe aceptar el protestar el cargo conferido ante Juez de lo Familiar para que en ese mismo acto se le discierna el cargo con todas las obligaciones que por ley que son inherentes a los de esa especie, o bien la aceptacion del cargo para el caso de ser el tramite ante Notario Publico.

    Por lo que deben de tramitar ya sea de manera extra judicial ante Notario o de manera judicial ante Juez de lo Familiar para que en el momento procesal el juez dicte la VALIDEZ DEL TESTAMENTO, los herederos designados aceptes la herencia el el Albacea nombrado acepte el cargo.

    Para la cuelstion de los dineros una vez hehco lo anterior debe usted estar al pendiente para que en el momento ptocesal que viene siendo la tercera seccuion del juicio solicite usted al Juez que la Albacea rinda cunetas de su administracion.

    Asistase de abogado de su confianza.

    Saludos.