Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 158305
  • Autor : ulloa88
  • Consultas en Foro: 75
  • Respuestas en Foro: 3212
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 272965

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si ya se dicto sentencia y ha causado ejecutoria lo unico que le queda es un incidente de aumento de pension alimenticia argumentando y acreditando ese aumento de sueldo que usted dice él tuvo.

     

    Las documentales debieron ser objetadas desde el momento de la presentacion y no esperarse hasta que se dicte sentencia... si usted las objeto pero el Juez no tomo en consideracion sus argumentos podra ir a la apelacion su aun esta en tiempo para ello, es decir que aun no haya causado Estado.

    Saludos