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  • Consulta : 158272
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 272945

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted no tiene derecho alguno sobre los bienes de su concubino, puesto que no existe una sociedad conyugal que Ustedes hayan constituido.

    En caso de que Usted no tenga medios para subsistir, puede demandar una pensión para Usted y para su hija, pero no puede obligar a su concubinario a que le de hospedaje en su casa, pues su unión es libre y por ende, no genera consecuencias jurídicas respecto a la permanencia de la relación.

    Puede denunciar la violencia intrafamiliar y ello es independiente de que su esposo pueda controvertir en la vía civil la paternidad de la menor, así que no es garantía de que su hija no tenga que ser sometida a pruebas psicológicas y/o de genética, pero esto no tiene relación con la situación de violencia que está sufriendo.

    Un inmueble no vale la dignidad ni la integridad física de una persona, así que por su seguridad y la de su hija, vayase de dicho domicilio, demande la pensión alimenticia ante un Juez de lo Familiar y continúe con su vida.

    Suerte!