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  • Consulta : 158187
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 272850

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    NO hay plazo, su esposo debe cumplir y si la señora recoge o no la pensión, no es su problema.

    Todos los comprobantes de la consignación le servirán para acreditar que nunca dejó de cumplir con sus obligaciones.

    En ocasiones no la recogen para que el acreedor alimentario se confíe y ya no consigne, para después denunciarlo penalmente y una vez detenido, le sacan dinero para otorgarles el perdón.

    Reitero, que no deje de consignar.

    Suerte!