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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Junio de 2012 15:49 2012-06-29 15:49 desde IP: 189.178.241.159
Hola,
En México, normalmente van los 2 esposos a firmar la compra-venta ante el notario. Si una persona no puede asistir, tendría que emitir un Poder General para Actos de Dominio a la persona que firmará en su nombre.
Este documento lo prepara un Notario, indicando claramente el tipo de poder que es y el inmueble al que se refiere.
El notario en México antes de emitir dicho Poder debe verificar los documentos que prueban la legal propiedad, la identificación de la persona, etc.
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