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Fecha de respuesta: Martes 10 de Julio de 2012 16:55 2012-07-10 16:55 desde IP: 148.246.134.64
En definitiva no puede haber consecuencias adversas por el hecho de solicitar copias en el registro, de ahí que sea público. Lo que si se debe considerar es la adjudicaión de ese bien a tu nombre, es decir, que tus padres realicen la cesión de derechos a tu favor para poder dar lugar a la venta de este inmueble, pues en caso contrario estarías cometiendo el delito de fraude por vender algo que no te pernece, así que cuanto antes invita a tus padres a que en definitiva realicen esta cesión de derechos a tu favor, y posteriormente se ejecuten los actos necesarios para su venta, inscripción en el registro público y traslado de dominio a tu nombre. TE INVITO A MARCARNOS EN CASO DE NECESITAR ASISTENCIA (015) 4314-3308.
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