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  • Consulta : 157814
  • Autor : COTAHE
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  • Autor
    Respuesta No: 272687

  • COTAHE
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

          Debe demandar en el Estado de México, pues los Tribunales de la entidad son los competentes para conocer porque el domicilio de los acreedores alimentarios (sus hijas) se encuentra en tal entidad, no debe pensar que los Tribunales del Estado de México no le van a resolver nada, ya se es obligación de los impartidores de justicia hacerlo de forma imparcial.

          De hecho pudiera usted demandar el pago retroactivo de todo el tiempo que el padre de sus hijas dejó de proporcionarles alimentos, incumpliendo el convenio celebrado ante el DIF.

        Que tenga excelente día, y quedamos a sus ordenes en nuestra oficina virtual.