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  • Consulta : 157198
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 272096

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saludos ulloa...

    procede en ese momento a recibirse el dinero... que srra aplicado por el juez a los intereses generados... y si sibra... al capital....

    pero desde luiego que procede el embargo... ya que en ese momento debio haberse señalado cual es la dedua  con intereses...gasto y costas... hasta ese momento...

    te recuerdo... si paga en ese momento el capital e intereses... no hay poago de gasto y costas...

    al haber solo pagado... sesgun el dedudor... la suerte p'rincipal... no pago nada... ya que este dinero seimpre se aplicara a intereses... por ley.... aret. 360 y demas del codigo de com ercio...

    suerte y estamos en contacto....