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AutorRespuesta No: 271961
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Junio de 2012 22:58 2012-06-22 22:58 desde IP: 189.227.223.206
Otra cosa: para que haya robo, debe existir PROPIEDAD sobre lo ROBADO, es decir, a fuerzitas que alguien ya compareció y acreditó propiedad de las cosas robadas, y esta es la parte acusadora.
Lo que pasa es que a lo mejor no estan bien enterados del expediente, por lo cual, sugiero se pongan en contacto con el abogado de su sobrino, o bien, CON EL DEFENSOR DE OFICIO adscrito al juzgado en donde se encuentra el asunto de su sobrino, a efecto de que ofrezcan las pruebas que tengan para su inocencia.
Suerte.
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