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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Junio de 2012 13:52 2012-06-21 13:52 desde IP: 148.233.178.77
que tal, te saludo cordialmente .... el llamado abandono de hogar solo surte efectos como causal de divorcio, no es un delito ni una falta administrativa ..... en tu caso, según lo que comentas, no estas casada con tu ex pareja, asi que aunque te "acuse" de abandono de hogar no le va a servir de nada .... por la edad de tu hijo y por el hecho de haberlo reconocido ambos, tiene derecho a que su padre le suministre una pensión alimenticia .... tú también tienes derecho a una pensión, siempre y cuando no tengas un empleo y te encuentres impedida para allegarte recursos por ti misma .... mi consejo es que salgas de casa de tu ex pareja y te vayas con tu hijo a hacer una nueva vida .... promueve un juicio de alimentos en contra de él, para que cumpla con su obligación de mantener a su hijo .... saludos.
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