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  • Consulta : 156721
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 271793

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El derecho no está sujeto a prueba.

    Si es una disposición legal publicada en el Diario Oficial, no tenía porque ofrecerla como prueba.

    En los alegatos haga enfásis a dicha publicación y su contenido y de tomarse en cuenta, podrá apelarlo (en caso de que proceda dicho recurso).

    Suerte!