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  • Consulta : 156720
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • Autor
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  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos Dias.

    Antes que nada me gustaria saber si de esos trabajos eventuales tienes forma de comprobarlo o si estas dada de alta en el imss o en el issste, o si solo te pagan de forma informal, es decir en efectivo, lo anterior te lo pregunto ya que en base a eso tu podrias demandar una pension alimmenticia a tu concubino, la cual duraria un tiempo igual al que duro el concubinato, es decir por 8 años.

    Por otra parte te explico: En cuanto a tu hijo aunque aún es menor de edad no podrias solicitar una pension alimenticia, ya que el no esta reconocido por su padre biologico, lo que se tendria que hacer primeramente es iniciar un juicio por reconocimiento de paternidad, ofreciendo la prueba del ADN, para constatar que verdaderamente es su padre biologico, una vez que el juez decrete el reconocimiento de paternidad, entonces es el momento para solicitar la pension alimenticia de tu hijo.

    Espero que te sirva la informacion y cualquier duda no dudes en contactarnos.

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR

    LC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA / LIC. LIZETH RUIZ GARAY

    TEL. 47513179

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