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  • Consulta : 156575
  • Autor : lic.edmez
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  • Autor
    Respuesta No: 271661

  • lic.edmez
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    que tal, te saludo cordialmente .... tu caso asemeja mucho a una novela, así que vamos por partes amigo .... tú quieres que susana, madre de tus hijos y con quien has vivido en concubinato durante más de 25 años abandone la casa donde han vivido todo ese tiempo .... jurídicamente, en el distrito federal, la separacion de personas solo puede promoverse como acto prejudicial, es decir, en caso de que vayas a demandar a tu concubina .... en tu caso, no veo alguna acción que puedas intentar contra susana, solo se llevan mal y no pueden estar juntos, es todo, no hay nada que puedas demandarle a la señora .... si decides ejercer alguna acción en contra de ella, entonces tendrás que pedir la separación como acto prejudicial, pero conforme al artículo 212 del Código de Procedimientos Civiles del DF, atendiendo a las circunstancias de caso, estoy seguro que el Juez Familiar dispondrá que quien se vaya de la casa seas tú, porque la señora debe tener una edad avanzada y además procrearon hijos y ha vivido en esa casa durante la duración del concubinato, así que veo muy dificil que el Juez disponga que quien se vaya sea la señora ..... además amigo, moralmente quien debe irse eres tú .... considera que es la madre de tus hijos, con quien has vivido mas de 25 años, si decides demandarla o correrla de tu casa no solo te ganaras su desprecio, sino también el de tus hijos ..... aparte, no se si la señora trabaje, pero tú si laboras y ganas un salario ... si ya no aguantas etar con ella, entonces vete tu y dejala a ella en SU casa ..... una opción que te recomiendo es que acudas al centro de mediación y pidas que un mediador les ayude a resolver sus conflictos ..... espero que tu asunto se resuelva de la mejor manera, saludos.