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  • Consulta : 156036
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 271267

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si puede adjudicarsela, como pago de las pensiones alimenticias adeudadas y tambien es cierto que los alimentos son preferentes a cualquier otro adeudo, pero requiere para adjudicarsela, que previamente se realice la tramitacion de sacar a remate el inmueble y si no acuden postores, es cuando se la `puede adjudicar, ya que si existen postores y se remata en mas de adeudo que tiene el señor con usted, el remanente se aplicara al adeudo hipotecario. Atte. Lic. J. L. Camacho.