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  • Consulta : 155962
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 271155

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS TARDES:

     Pues si, pero lo que obra en el registro publico  es superior a los doicumentos privados que tienes, ya que no los puede ratificar quien en vida te los diera, y los segundos, ya fueron realizados ante notario, por tanto, no hay duda de estos, pero si de los primeros. Todo acto notarial debidamente registado, invalida al anterior si no lo fue de la misma forma.

    Amen de que no vivias en el domicilio y no te enteraste de los actos hasta despues de muerta,  en un juicio, vas a perder.

    Asi no hubiera el documento notarial, npo seria tu casa, ya que al no haberse titado la escritura publica,  tenbdria que ser  resuelto en juicio sucesorio intestamentario, y en este caso, ya no entrartia tu  documento, ya que hay un acto nortarial que resuelve sobre el destino de la propiedad y esta dado en vida de la que podia ratificar ese contenido.

     Saludos    a   los   Colegas   participantes de   esta   Consulta.

    JUAN   MANUEL   GARCIA   ROMERO   y   COSS.

    ABOGADO

    Espero   sus   correos,   le   daré   respuesta   a   todos.

    Kokoduro1  

    arroba 

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    punto  

    c o m

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