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AutorRespuesta No: 271155
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Fecha de respuesta: Viernes 15 de Junio de 2012 17:56 2012-06-15 17:56 desde IP: 187.194.40.53
BUENAS TARDES:
Pues si, pero lo que obra en el registro publico es superior a los doicumentos privados que tienes, ya que no los puede ratificar quien en vida te los diera, y los segundos, ya fueron realizados ante notario, por tanto, no hay duda de estos, pero si de los primeros. Todo acto notarial debidamente registado, invalida al anterior si no lo fue de la misma forma.
Amen de que no vivias en el domicilio y no te enteraste de los actos hasta despues de muerta, en un juicio, vas a perder.
Asi no hubiera el documento notarial, npo seria tu casa, ya que al no haberse titado la escritura publica, tenbdria que ser resuelto en juicio sucesorio intestamentario, y en este caso, ya no entrartia tu documento, ya que hay un acto nortarial que resuelve sobre el destino de la propiedad y esta dado en vida de la que podia ratificar ese contenido.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
Kokoduro1
arroba
h o t
m a i l
punto
c o m
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