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AutorRespuesta No: 270971
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Junio de 2012 18:40 2012-06-14 18:40 desde IP: 201.141.38.204
Suerte principal, intereses pactados, gastos y costas y hasta el IVA si se conoce la materia tributaria, pero nunca tres veces el monto de la suerte principal, es una leyenda urbanojurídica. Nunca encontrará un aca de exquendo en donde el ejecutor o actuario escriba: "y se trabó formal embargo por tres veces el monto del adeudo" ningún funcionario del juzgado se juega la chamba ni la libertad por eso.
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