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  • Consulta : 155814
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 270970

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    hay hasta tesis muy viejas de esta leyenda urbano juridica... como le dices tu..

    1...suerte principal..

    2...intereses moratorios vencidos y los que se sigan venciendo...

    3...pago de los gastos y costas...

    en ello se funda que sea hasta por tres tantos.. de la deuda original...

     

    en este caso... no dice que haya podido señalar el inmueble... pero... pudo hacerlo... si en ese momento demuestra que el mismo es propiedad libre del deudor...