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  • Consulta : 155760
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 270940

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    puedes iniciar el juicio de reconocimeinto de paternidad... y el de pago de alimentos... pero seria sobre el 40% restante.... ya lo que fue otorgado... no se modifica...

    lo recomendable es que lo pienses... el no es irresponsable... lo eres tu... que sabiendo su situaciòn permitiste lo que ahora tachas en su contra....

    al demandar... le concedes derecho y con ello... podra pelear o molestarte el resto de tu vida... nomas por molestar....