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  • Consulta : 155756
  • Autor : Montyel
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  • Autor
    Respuesta No: 270923

  • Montyel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Al morir el dueño del predio al ser  el dueño del bien quien muere, se demandara a los herederos la usurcapion, si  ellos no tienen interes en juicio testamentario o intestamentario, o si no llegan a ponerse de acuerdo, usted seguira adquiriendo los derechos posesorios  por el tiempo en que pase de ahora en adelante pero no podra iniciar  accion contra alguien en especial, solo se puede  a la sucesion, pero  ellos sin  saben para que es su interes juridico no haran por preocuparse, usted si adqirira mas derechos, pero  tambien pasara mas tiempo.

    Contemple estar al pendiente si la sucesion  abre juicio, y  en su defecto  si no hay otro heredero pues por edictos.

     

    Atentamente

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