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  • Consulta : 155537
  • Autor : legallic
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  • legallic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    depende de que quieras lograr, pero que yo sepa no hay emplazamiento por edictos en el extranjero, si conoces el domicilio del demandado en el extranjero, se debera hacer el emplazamiento por medio de carta rogatoria, de lo contrario, manifiestra el desconocimiento del domicilio y emplazalo por edictos.