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  • Consulta : 155498
  • Autor : TANGO210
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  • Autor
    Respuesta No: 270673

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pero si te vuelven a demandar por lo mismo y en la sentencia anterior fuiste absuelto de las prestaciones de la actora, puedes oponer la excepción de Cosa Juzgada, que es muy diversa a lo que mencionas, aunque existe identidad Jurídica en ambos conceptos.