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Fecha de respuesta: Domingo 03 de Junio de 2012 17:46 2012-06-03 17:46 desde IP: 201.103.100.38
Si no habrá contraprestación alguna por el uso y disfrute del terreno, debe ser un contrato de comodato.
Busque en el área de formatos de esta página si existe un formato de dicho contrato o contrate los servicios de un Lic. en Derecho de su Entidad para su elaboración.
A veces por ahorrarse esos gastos, después les salen más caras las consecuencias, pues no hay como que un especialista realice el documento idóneo que se ajuste a su caso particular y lo proteja para el acto jurídico que desea celebrar.
Suerte!
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