Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 153964
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 269494

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tendrá que acudir a reclamar sus prestaciones ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje con domicilio en su Estado.

    No importa que no tenga contrato, la ley señala los mínimos de las prestaciones a que tiene derecho cualquier trabajador.

    Asístase de Lic. en Derecho especialista en materia laboral o acuda al Procuraduría Federal del Trabajo.

    Suerte!