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  • Consulta : 153769
  • Autor : GABRIEL CHISCO
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  • Autor
    Respuesta No: 269263

  • GABRIEL CHISCO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante, he leído con mucha atención tu problemática y me resulto imprecisa, como para poder darte una puntual respuesta.

    Voluntaria o involuntariamente, has referido conceptos y procedimientos jurídicos que en determinado momento son inoperantes o contradictorios en el caso concreto. Por ejemplo, sólo por comentar algunas imprecisiones, dificilmente se puede decretar la perdida de la patricia potestad, junto con un regimen de visitas. O que si el padre que perdió la patria potestad de su hija, este pueda inconformarse u oponerse encontra de quien ejerce la patria potestad. O que si no existe sentencia definitiva en relación al divorcio y sus accesorios, ya se cuente con resolución difinitiva sobre la patria potestad, pensión alimenticia o regimen de visistas a los hijos, etc.

    Por otra parte, si todo lo anterior esta en transito, es decir si no existe cosa juzgada o resolución firme, y el padre no ha sido condenado en definitiva a nada de lo que refieres. Efectivamente, el padre de tu hija puede proceder como tu lo refieres en tu consulta. En ese caso, te sugiero atender inmediatamente el asunto y concluirlo plenamente. Pues de lo contrario estas poniendo en riesgo lo que supones has obtenido. 

    Para lo cual, te invito a que ingreses a mi oficina virtual en este portar y solicites una asesoria personalizada, en el cual podermos precisar los elementos legales, para cualquiera que sea tu situación.

    Atte, tu amigo el Lic. Gabriel Chisco.