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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Junio de 2012 14:48 2012-06-01 14:48 desde IP: 201.157.6.211
Hola buen día:
Te sugiero cheques lo siguiente:
Si la persona que entregó la notificación y la copia de la demanda fue el actuario, debio haberse identificado.
Si realmente es la demanda, debe decir en los documentos que dejan de cual Juzgado fueron, (podria tratarse de una demanda ficticia para asustarlos).
Se me hace duda que hay sido elactuario porque el codigo de comercio dice
Artículo 1392.- Presentada por el actor su demanda acompañada del título ejecutivo, se proveerá auto, con efectos de mandamiento en forma, para que el deudor sea requerido de pago, y no haciéndolo se le embarguen bienes suficientes para cubrir la deuda, los gastos y costas, poniéndolos bajo la responsabilidad del acreedor, en depósito de persona nombrada por éste.
Es decir siendo procedente la demanda en juicio ejecutivo mercantil en la mismanotificacion se requiere el pago y si no paga se embarga para garantizar el pago.
En caso de que si haya sido el actuario, si haya una demanda, entonces debesbuscar asesoría porqu hay un termino para contestarla, de lo contrario eljuicio se lleva en rebeldia y podrias perderlo.
Artículo 1396.-Hecho el embargo, acto continuo se notificará al deudor, o a la persona con quien se haya practicado la diligencia para que dentro del término de ocho días, el que se comará en términos del artículo 1075 de este Código, comparezca el deudor ante el juzgado a hacer paga llana de la cantidad demandada y las costas, o a oponer las excepciones que tuviere para ello.
Como te lo han mencionado los foristas anteriores, puedes aportar laprueba de que no es su firma mediante perito.
Artículo 1401.- En los escritos de demanda, contestación y desahogo de vista de ésta, las partes ofrecerán sus pruebas, relacionándolas con los puntos controvertidos, proporcionando el nombre, apellidos y domicilio de los testigos que hubieren mencionado en los escritos señalados al principio de este artículo; así como los de sus peritos, y la clase de pericial de que se trate con el cuestionario que deban resolver; y todas las demás pruebas que permitan las leyes.
Por otra parte, dudo que un licenciado se arriesgue a llevar como prueba un documento evidentemente falso, pues de acreditar mediante circunstancias de tiempo,modo y lugar además dela prueba pericial que el acusado no pudo haber firmado ese docmuento, el caso toma aspectos penales, el Codigo de procedimientos civiles dice:
ARTICULO 141.- Cuando alguna de las partes sostenga la falsedad de un documento, se observarán
las prescripciones relativas de las leyes penales aplicables. En este caso, si el documento puede ser de
influencia en el pleito, no se efectuará la audiencia final del juicio, sino hasta que se decida, sobre la
falsedad, por las autoridades judiciales del orden penal, a no ser que la parte a quien beneficie el
documento renuncie a que se tome como prueba.Espero esta informacion sea de utilidad.
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