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  • Consulta : 153207
  • Autor : Cuaresmen
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    Respuesta No: 268746

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Bueno sí, pero ante quien demandó??? 

    El Dif está para asesorarte, NO PARA COBRARTE, en todo caso, ellos no tienen vela en el entierro.

    Para que estes mejor asesorada tú,  ahi te va y aprendetelo:

    1.- Primero define si estas casada o solo arrejuntada

    2.- También hay que saber si el padre reconoció a su hija y lo registró, entonces ya hay un acta de nacimiento

    3.- Los padres deben suministrar a los hijos alimentos,  si el padre del tuyo no lo hace,  DEBES DEMANDARLE PENSION ALIMENTICIA en favor de tu hija.

    4.- Tú tienes la guarda y custodia de tu hija, y por supuesto que no se la pueden dar a un padre desobligado, por que cómo se pone a pedir la guarda y custodia este señor, si ni siquiera te da para sus alimentos ni la ve???  el día que se ponga al corriente con los alimentos, entonces ese día hablamos de patria potestad, que son los derechos que tiene un padre sobre su hijo, y de ahi a que él pida la guarda y custodia, pues se la darán solamente si tú tienes un modo deshonesto de vivir, eres peligrosa para tu hija, no trabajas, y vive tu hija en peligro.

    En el D.F. el DIF no cobra, así que buza, por que se me hace que caiste con una coyota.

    SI el padre quiere ver a la bebé, que pase a tu casa un ratito, y que haya alguien que evite que se la lleve,  no nada mas tu madre.

     

    Suerte.