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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Mayo de 2012 13:21 2012-05-28 13:21 desde IP: 189.146.121.219
Si te pueden demandar de nuevo, toda vez que el porcentaje que se ordenó, lo solicitó tu esposa en representación de tus hijos, pero si actualmente hay un hijo mayor de edad con derecho a recibir alimentos, éste por su propio derecho puede reclamarte los mismos.
Aquí es importante que tramites un incidente de reducción de pensión alimenticia, dado que tu hijo mayor de edad está ejercitando la acción que le corresponde por su propio derecho y por ende, el Juez del conocimiento, deberá disminuir el porcentaje determinado previamente.
Ahora bien, respecto del régimen de visitas, si lo demandaste y fue ordenado por el Juez, tendrás que promover unas medidas de apremio para que se dé cumplimiento a ello.
Si no lo demandaste previamente, tendrás que demandar dicho régimen ante Juez de lo Familiar para que te permitan la convivencia con tu hijo.
Asístete de Lic. en Derecho especialista en materia familiar y si careces de recursos, acude a la Defensoría de Oficio de tu Estado.
Suerte!
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