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  • Consulta : 152993
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 268582

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puedes demandar ante un Juez de lo Familiar, el pago de una pensión bastante y suficiente para tu menor hija, pero dentro del porcentaje que el Juez ordene, se incluye la alimentación, habitación educación, medicinas y hasta esparcimiento.

    El padre de tu hija, no tiene obligación de proporcionarte un vehículo, ni gastos para transportación, pero si es importante que dentro de dicha demanda, acredites el nivel de vida que ha llevado tu hija durante los últimos dos años, para que el porcentaje sea acorde a la forma de vida de tu hija.

    Deberás acreditar los gastos de colegiatura, utiles, alimentos, etc.

    Lo que le de a su otra hija, es cosa que a ti no te debe importar, pues tanto tu hija como la otra, tienen derecho y su padre, también tiene derecho de disponer de sus bienes como mejor le convenga, así que si el dio una casa, ese no es asunto tuyo.

    Si tu contraes matrimonio, en nada afecta la pensión alimenticia que tiene que proporcionar a tu hija, pues precisamente es PARA TU HIJA, no para tí, así que tu puedes disponer de tu vida, como mejor te convenga.

    Asístete de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de tu Entidad.