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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Mayo de 2012 09:00 2012-05-30 09:00 desde IP: 189.179.82.51
en virtud de que su hija a la fecha es mayor de edad y por tanto puede deducir por sí sus derechos, es precisamente a ella (hija) a quien se debe demandar la cancelacion de la pension. Sin el menor animos de ofender, no es necesaria copia certificada alguna para solicitar la cancelacion de la pension; lo que, desde el punto de vista de su serivdor debe hacer, es solicitar la devolucion del expediente donde se fijo la pension y una vez que se encuentre fisicamente en el juzgado, iniciar el incidente de cancelacion de pension respectivo en donde las pruebas idoneas serían la documental publica (acta de nacimiento de la hija) que ya obra en el expediente principal para acreditar la mayor edad de la misma; y en su caso la testimonial para acreditar que vive en concubinato. Obviamente la prueba confesional es importante, pero si su hija sigue empeñada en seguir obteniendo una pension de su parte, negará cualquier relacion de concubinato.
es importante saber si su hija sigue estudiando o cual es su actividad actual.
Quedo a sus ordenes en los telefonos y correo electronico que aparecen en MI OFICINA donde con gusto le prestaremos la atencion debida.
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