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  • Consulta : 152891
  • Autor : legallic
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  • Autor
    Respuesta No: 268733

  • legallic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    claro que puedes conservar la casa de tu padre, que supongo esta a tu nombre, sino no la habrian podido embargar, llega a la primera almoneda y liquida el adeudo en su totalidad, dices, que tienes mas propiedades, pues vendelas y paga la deuda, no necesariamente se tienen que quedar con esa casa en particular, saludos y suerte en tu asunto.