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AutorRespuesta No: 268454
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Mayo de 2012 00:16 2012-05-27 00:16 desde IP: 201.141.25.204
Usted contaba con cuarenta y cinco días para impugnar el "Reajuste de Facturación" que le notificó la CFE una vez que terminaron la revisión, pero si no lo hizo en su momento ya es un acto consumado. En consecuencia requiere los servicios de un abogado penalista para que la represente toda vez que las acciones administrativas ya están prescritas.
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