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  • Consulta : 152224
  • Autor : LIC. DE DIEGO
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  • Autor
    Respuesta No: 267789

  • LIC. DE DIEGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Saludos Consultante.

    dejame decirte  son suficientes los pagares para demandar por el pago en ellos consignados, no necesitas otro documento, para poder notificarle, a menos que tu abogado quiera embargar bienes a nombre del deudor, con ello si necesitara los papeles de dichos bienes para trabar dicho embargo en el mismo acto de la notificacion de la demanda. pero de igual manera se le puede notificar la demanda sin embargar bienes o sea reservarse el derecho, para embargar  en cualquier otro momento. 

    espero haya sido de ayuda