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Fecha de respuesta: Martes 22 de Mayo de 2012 20:19 2012-05-22 20:19 desde IP: 189.174.99.166
Saludos Consultante.
dejame decirte son suficientes los pagares para demandar por el pago en ellos consignados, no necesitas otro documento, para poder notificarle, a menos que tu abogado quiera embargar bienes a nombre del deudor, con ello si necesitara los papeles de dichos bienes para trabar dicho embargo en el mismo acto de la notificacion de la demanda. pero de igual manera se le puede notificar la demanda sin embargar bienes o sea reservarse el derecho, para embargar en cualquier otro momento.
espero haya sido de ayuda
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