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  • Consulta : 152207
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 267790

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES:

     1.- No puedes repudiar lo que no existe.

    2.- Solo el juicio señala quienes son herederos.

    3.- Solo los herederos puede repudiar la herencia a favor de otros herederos.

    4.- Desde luego que lo que pretendes es inadmisible, juridicamente hablando, sobre todo que quienes no sean herederos puedan heredar por pàrtes iguales.

    Saludos    a   los   Colegas   participantes de   esta   Consulta.

    JUAN   MANUEL   GARCIA   ROMERO   y   COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1  

    arroba 

     h o t  

    m a i l  

    punto  

    c o m

    Espero   sus   correos,   le   daré   respuesta   a   todos.