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AutorRespuesta No: 267790
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Mayo de 2012 20:21 2012-05-22 20:21 desde IP: 187.194.40.53
BUENAS NOCHES:
1.- No puedes repudiar lo que no existe.
2.- Solo el juicio señala quienes son herederos.
3.- Solo los herederos puede repudiar la herencia a favor de otros herederos.
4.- Desde luego que lo que pretendes es inadmisible, juridicamente hablando, sobre todo que quienes no sean herederos puedan heredar por pàrtes iguales.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1
arroba
h o t
m a i l
punto
c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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