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Fecha de respuesta: Martes 29 de Mayo de 2012 14:00 2012-05-29 14:00 desde IP: 189.200.114.215
Hola.
No no es necesario de hecho ambos nombres existen MA. y Maria. Si toda su documentacion tanto publica como privada la tiene como MA: no hay necesidad que cambie nada... sino generará un problema con su documentación.
Si por el contrario en el acta esta MA y ella se ha ostentado en todos sus documentos como MARIA ahi si... y requiere de una ACLARACION ante el propio registro civil.
Porque Aclaración y no Rectificación? .... la aclaración procede cuando hay errores ortograficos y/o mecanograficos que no afectenlos datos esenciales del acta. El codigo civil prohibe asentar abreviaturas lo que MA. en teoria esta mal escrito sin embargo hay tantos errores de estos que ahora ya se considera como otro nombre.
Pero para quien lo quiere modificar es aclaración porque va de lo incorrecto a lo correcto, esto es de la abreviatura a lo que debe de ser. Si por el contrario fuere a cambiar usted de MARIA a MA. es decir de lo correcto a lo incorrecto, osea a la abreviatura, sería rectificación ya sea administrativa si su estado lo contempla o Judicial si no.
Saludos
Lic. Ulloa Juez u Oficial del Registro Civil
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