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  • Consulta : 152122
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 267720

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, la segunda factura que tienes es la que acredita tu propiedad y con ella puedes exigir el pago de indemnización, esto es, la primera factura (que tienes en copia) acredita la propiedad del primer dueño y que fue vendida a una empresa, misma que tiene la obligación de retenerla y emitir una nueva factura original (tu segunda factura). Con esta segunda factura y el endoso a tu favor, puedes cobrar el pago de indemnización.