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AutorRespuesta No: 267720
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Mayo de 2012 13:02 2012-05-22 13:02 desde IP: 187.145.100.246
Que tal, la segunda factura que tienes es la que acredita tu propiedad y con ella puedes exigir el pago de indemnización, esto es, la primera factura (que tienes en copia) acredita la propiedad del primer dueño y que fue vendida a una empresa, misma que tiene la obligación de retenerla y emitir una nueva factura original (tu segunda factura). Con esta segunda factura y el endoso a tu favor, puedes cobrar el pago de indemnización.
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