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  • Consulta : 151971
  • Autor : LIDEDEHT
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    Respuesta No: 267679

  • LIDEDEHT
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Dependiendo de la cantidad de fojas que sean, lo que yo siempre recomiendo es que pidan las escrituras al notario y lo lleven personalmente a registrar al registro público, para que no quede duda alguna.