Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 151930
  • Autor : LAWANDORDER
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 67
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5564
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 267575

  • LAWANDORDER
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tiene derecho al pago proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, al pago de su salario integrado hasta la fecha de la renuncia y si la empresa generó utilidades en el año anterior tiene derecho al reparto de utilidades, que para su información se debe de realizar durante el presente mes, (se puede señalar otras prestaciones como la indeminización constitucional, pero eso depende del patrón si lo otorga o no).

    Esperando que la información le sea util, le envio mis cordiales saludos.