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AutorRespuesta No: 267575
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Mayo de 2012 11:02 2012-05-21 11:02 desde IP: 148.235.148.75
Tiene derecho al pago proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, al pago de su salario integrado hasta la fecha de la renuncia y si la empresa generó utilidades en el año anterior tiene derecho al reparto de utilidades, que para su información se debe de realizar durante el presente mes, (se puede señalar otras prestaciones como la indeminización constitucional, pero eso depende del patrón si lo otorga o no).
Esperando que la información le sea util, le envio mis cordiales saludos.
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