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  • Consulta : 151532
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 266789

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    todo acuerdo debe hacerce por voluntad propia...

    y si ya trabajabas para la empresa...

    no estas obligado en forma alguna a firmar dicho secretismo o contrato de confidencialidad...

    lo importante es entender que estos contratos lo son en base a que van a manejar una seria de conceptos de seguridad... a los que deben gaurdar en secreto... sobre todo las politicas de comercializaciòn y las armas secretas de la empresa... amen de los conocimientos que adquieren de otras empresas que les son afines...

    pero si hay una fuga... y esta no ha sido controlada.. un contrato de tal tipo no lo remedia... ya que el daño esta hecho... y el que lo comete lo seguira cometiendo... con contrato o sin contrato...

    pero lo que interesa...

    no estas obligado y no por ello te pueden correr... y a los nuevos... si no lo firman... no seran contratados... esto ultimo es real y esta bien... pero a,lso que ya estaban... no los pueden obligar... ya que seria condicionar el servicio que ya prestaban ...