Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 151349
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 266659

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Y contra qué quieres ampararte?

    No seas chambón y entrega el inmueble a la brevedad, tu casero no tiene porqué pagar los platos rotos porqué tu no tengas empleo.

    Y si no quieres o puedes hacerlo, pues atente al lanzamiento que se implementará en tu contra, así como el posible embargo de bienes por las deudas atrasadas...