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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Mayo de 2012 18:52 2012-05-16 18:52 desde IP: 189.146.116.108
Y contra qué quieres ampararte?
No seas chambón y entrega el inmueble a la brevedad, tu casero no tiene porqué pagar los platos rotos porqué tu no tengas empleo.
Y si no quieres o puedes hacerlo, pues atente al lanzamiento que se implementará en tu contra, así como el posible embargo de bienes por las deudas atrasadas...
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