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  • Consulta : 150930
  • Autor : cerillo wmw
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  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    HOLA

    "mi ex mujer no ha cumplido con el convenio ya que ella en ocaciones no me permite ver a mis hijas""

    SI SU PAREJA NO CUMPLE DEBE DE SOLICITAR CON LA AYUDA DE SU ABOGAO QUE SE LE APLIQUE UNA MEDIDA DE APREMIO A SU EX.

     

    Artículo 73.- Los jueces, para hacer cumplir sus determinaciones, pueden emplear cualquiera de 

    los siguientes medios de apremio que juzguen eficaz: 

    I. La multa hasta por las cantidades a que se refiere el artículo 61, la cual podrá duplicarse en 

    caso de reincidencia; 

    II. El auxilio de la fuerza pública y la fractura de cerraduras si fuere necesario; 

    III. El cateo por orden escrita; 

    IV. El arresto hasta por treinta y seis horas. 

    Si el caso exige mayor sanción, se dará parte a la autoridad competente.