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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Mayo de 2012 16:26 2012-05-14 16:26 desde IP: 201.145.197.86
HOLA
"mi ex mujer no ha cumplido con el convenio ya que ella en ocaciones no me permite ver a mis hijas""
SI SU PAREJA NO CUMPLE DEBE DE SOLICITAR CON LA AYUDA DE SU ABOGAO QUE SE LE APLIQUE UNA MEDIDA DE APREMIO A SU EX.
Artículo 73.- Los jueces, para hacer cumplir sus determinaciones, pueden emplear cualquiera de
los siguientes medios de apremio que juzguen eficaz:
I. La multa hasta por las cantidades a que se refiere el artículo 61, la cual podrá duplicarse en
caso de reincidencia;
II. El auxilio de la fuerza pública y la fractura de cerraduras si fuere necesario;
III. El cateo por orden escrita;
IV. El arresto hasta por treinta y seis horas.
Si el caso exige mayor sanción, se dará parte a la autoridad competente.
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