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  • Consulta : 150015
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 265355

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Normalmente el porcentaje que se ordena para el pago de pensión alimenticia de un acreedor alimentario, va de un 10 a un 20% de los ingresos, a criterio de Juez.

    Lo recomendable es que hagas la consignación de la cantidad correspondiente ante un Juzgado de lo Familiar, para que se ponga a disposición de la madre y mensualmente realices el pago de esa forma.

    Esto para acreditar el cumplimiento de tus obligaciones y aunque pueden demandarte con la copia certificada del expediente, probarás que haz cumplido y la cantidad que ha venido recibiendo por X tiempo, así que también con eso pruebas el nivel de vida a que está acostumbrada, como tus posibilidades económicas.

    Asístete de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de tu Entidad para que te ayude en el trámite.

    Suerte!