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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Mayo de 2012 21:39 2012-05-07 21:39 desde IP: 187.194.9.213
Los bienes en sociedad conyugal, si pueden ser afectado, y los que estan en separaciòn de bienes no, solo los de el.
Tu salario es tu dinero y nada tiene que ver con èl, y no puede ser embargado en pago de la deuda alimentaria.
Antes de casarte, lo mejor seria que supieras que es lo que tu pareja quiere y que este demande a la madre y le reclame el reconocimiento de un convenio de pago de alimentos, asì como el regimen de convivencia y como se asegurara esa pensiòn.
El monto sugerido seria del 20% sobre el salario que tu pareja recibe, ningùn juez le va a dar menos a un niño.
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