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AutorRespuesta No: 265041
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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Mayo de 2012 15:51 2012-05-05 15:51 desde IP: 187.198.175.151
ya no es tanto el caracter fuerte de la persona, quiza tu padrastro este pasando por un transtorno mental, a esa edad ya no coordinan o razonan bien, probablemente te diga eso la autoridad porque ya ven un transtorno en el... pero la duda esta en como le dieron entrada a su demanda si el no la puede interponer ya que le notan ese transtorno..?
en su defecto solicita a la autoridad un estudio psicologico para ver si puede ser imable todavia ( que esta en sus cabales) ... ahora por el tiempo que tu madre fue sus concubina ella tiene los derechos a cualquier esposa..que la autoridad le reconozca ello, ademas solicitar que garantize la pension con los bienes que el tiene( enn este caso el terreno) claro que puede demandarle la pension alimenticia si todavia dependen de el, a menos que ya no trabaje... demandarlo por violencia intrafamiliar para que el sea separado del hogar conyugal y se vaya a vivir con otros familiares.. en tu consulta no aparece el estado donde se vive el problema
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