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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Mayo de 2012 15:27 2012-05-05 15:27 desde IP: 187.198.175.151
claro que procede la denuncia, pero no llegara a mas por el hecho de que se quieren casar y la autoridad ademas tomara en cuenta que viene una vida que proteger , por lo que no llegara mas que a eso , una denuncia. en su articulo 272 claramente especifica que se extinguira la accion penal y la pena si se casan . no te preocupes.
el codigo penal del estado de mexico estable en sus articulos
CAPITULO III
ESTUPRO
(REFORMADO, G.G. 27 DE OCTUBRE DEL 2004)
Artículo 271.- Al que tenga cópula con una mujer mayor de quince años y menor de dieciocho casta y honesta obteniendo su consentimiento por medio de seducción, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de treinta a cien días multa.
Artículo 272.- No se procederá contra el inculpado del estupro, si no es por querella de la mujer ofendida, de sus padres o, a falta de éstos, de sus representantes legítimos; pero cuando el inculpado se case con la mujer ofendida, se extinguirá la acción penal y la pena en su caso.
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