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AutorRespuesta No: 264642
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Mayo de 2012 12:43 2012-05-03 12:43 desde IP: 187.138.60.240
A menos que el padre esté muerto, o que pierda la patria potestad; en ése caso, adoptas a los menores en adopción plena, y se le dan los apellidos.
saludos
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