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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Mayo de 2012 15:14 2012-05-02 15:14 desde IP: 189.177.87.69
KIKITO.... no puedes pedir que se te pague triple... eso no esta reglado y no es legal... si a caso al doble... este es el criterio de nuestro mas alto tribunal...
Registro IUS: 276083
VACACIONES, CUANTIA DEL SALARIO DEVENGADO POR TRABAJAR DURANTE LAS. En caso de trabajarse durante las vacaciones sólo puede tenerse derecho al salario ordinario devengado y al salario que debía percibir si las hubiera disfrutado, esto es, salario doble, pero no triple.
Amparo directo 762/58. Margarita Rosas Franco viuda de Mondragón. 28 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Fuente: Apéndice 2000. Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia SCJN. Quinta Época. Instancia: Cuarta Sala. Jurisprudencia. Materia(s): Laboral. Tesis: 565. Página: 459.
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