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  • Consulta : 149162
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 264440

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pos... ya embargaste... los pagos parciales no paran el juicio... tu sigue el proceso... pide sentencia... pericia los bienes... remata o adjudica... y hecho lo cual... haz tu planilla de liquidación.... y descuenta de la misma los pagos... y sobre lo que falte por cubrir... pide permiso para  volver a embargar....

    eso es lo mas común... pero si te dan vista delos pagos... solo di que los recibes en cuanto al fondo de la ley y para ser aplicados a su texto... primero intereses... luego gastos y al final suerte principal... en el entendido que estan corriendo el porcentaje a razón de.... y por ello la deuda aumenta economicamente en ....pesos diariamente....