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AutorRespuesta No: 263775
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Abril de 2012 15:46 2012-04-26 15:46 desde IP: 201.141.187.178
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Para solicitar el divorcio, debe ser hasta que se cumpla un año y un dia, de la fecha de celebracion del mismo, es decir, hasta el seis de enero del año 2013, no obstante, usted puede asistido de abogado de su confianza, demandar ante un juzgado un regimen de visitas y convivencias con su menor hijo. Sige usted ministrando pension y guarde sus comprobantes.
Saludos.
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