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  • Consulta : 148381
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 263775

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    nerwag2_NR

    Para solicitar el divorcio, debe ser hasta que se cumpla un año y un dia, de la fecha de celebracion del mismo, es decir, hasta el seis de enero del año 2013, no obstante, usted puede asistido de abogado de su confianza, demandar ante un juzgado un regimen de visitas y convivencias con su menor hijo. Sige usted ministrando pension y guarde sus comprobantes.

    Saludos.