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AutorRespuesta No: 263572
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Abril de 2012 10:44 2012-04-25 10:44 desde IP: 187.155.99.134
Lamentablemente parece que podría incurrir en el delito de "variación de nombre y domicilio" a que se refiere el artículo del Código Penal de Nuevo León:
CAPÍTULO V
VARIACION DEL NOMBRE O DEL DOMICILIO
ARTÍCULO 253.- Comete el delito de variación del nombre o del domicilio:
I.- El que oculte su nombre o apellidos y tome otro imaginario o el de otra persona, al declarar ante la autoridad judicial;
II.- El que para eludir la práctica de una diligencia judicial, una notificación de cualquier clase o citación de una autoridad, oculte su domicilio, designe otro distinto o niegue de cualquier modo el verdadero.
ARTÍCULO 254.- A los responsables del delito a que se refiere el artículo anterior,
se los sancionará con prisión de tres días a un año, y multa de una a diez cuotas. .
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