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AutorRespuesta No: 264001
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Abril de 2012 21:47 2012-04-27 21:47 desde IP: 201.110.156.59
Estimado forista:
En relacion a su consulta le comento que la regla general para demandar este tipo de asuntos es de dos años a partir de que se produce el daño, no obstante lo anterior considero que usted se encuentra en la excepcion a dicha regla, ya que el daño de su bb ha sido progresivo y permanente, esto es de tracto sucesivo, mitivo por el cual considero en base a mi experiencia que si puede demandar actualmente la negligencia medica que sufrio su bb, quedo a sus ordenes para mayor asesoria esperando le pueda servir mi comentario, saludos
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